Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por facultad que le confiere el artículo 177 de la LOPNNA, resuelve: CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE a la ciudadana LILIANA BELINDA PACHECO PACHECO, titular de la cédula de identidad Nº 19.125.499, residenciada en el pueblo de Guayabo, Calle El Milagro, esquina con calle El Cementerio, municipio Veroes estado Yaracuy, en su condición de madre de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de dos (2) meses de nacida, para que reciba la cuota parte que le corresponde a ella y a su representada por concepto de acervo hereditario como beneficiario del causante, ciudadano JHONATAN JOSUE SANCHEZ MONTERO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 16.110.842, fallecido en fecha 2 de Septiembre de 2014, se desempeñaba en el cargo de Sargento I de la Guardia Nacional; todo si.....