declara CON LUGAR el DIVORCIO, con base en el artículo 185.2º del Código Civil, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos JUAN CARLOS HENRÍQUEZ COLMENAREZ y WILMARY CAROLINA HERMOSO PÉREZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-16.481.335 y V-16.951.172, respectivamente, contraído por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, anotado en los Libros de Registro Civil de Matrimonios bajo el Nº 71, de fecha 23 de junio de 2006.
Liquídese la sociedad conyugal si la hubiere.
Una vez que quede firme la presente decisión, se ordena librar Oficios al Registro Civil del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, y al Registro Principal del Estado Yaracuy, anexando copia certificada de la presente sentencia, a los fines de dar cumplimiento a los artículo 475, 506 y 507 del Código Civil; por lo que a tenor de lo previsto en los artículos 111 y 112 ejusdem, expídanse por Secretaria las copias fotostáticas necesarias.