L A D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la conversión en DIVORCIO la separación de cuerpos de los cónyuges, ciudadanos VITTORIA CLELIA ZAZA BASSANI y RICARDO SAUL PEREZ AZUAJE, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V.- 13.804.254 y 13.577.821, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Mérida y civilmente hábiles.---------------
SEGUNDO: como consecuencia del anterior pronunciamiento, se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Autoridad Civil de la Parroquia Osuna Rodríguez Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha 17 de Diciembre de 2009, según se.....