Con base a los razonamientos expuestos este Tribunal de Juicio No. 3 de este Circuito Judicial Penal, considera en derecho proveer con lo solicitado por el acusado en razón de su enfermedad y que el acusado ha cumplido regularmente su régimen de presentación, según se observa del sistema de Información Juris, el cual es un hecho notorio judicial, por lo que se decide ampliar su régimen de presentación de tres veces a la semana a cada ocho días y así se decide. Notifíquese a la Representación Fiscal, Defensa y acusado. Regístrese, Publíquese y notifíquese.