DECISION
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la Republica de Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento presentado en el presente procedimiento de COBRO DE BOLIVARES (Ordinario) intentado por la abogada JOCELYN LAHOUD, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.509.109 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 106.792, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil MI CASA ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO C.A., que se sigue ante este Tribunal contra PRODUCTORA DE GASES, C.A. (PROGASCA). Se suspende la medida de embargo preventivo decretada en el presente procedimiento. No hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, Firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas Maturín, En la fecha supra in.....