Este Tribunal de Control N° 2, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley Rechaza la Solicitud de Desestimación de la Denuncia formulada por el Ciudadano JOSE GILBERTO LOPEZ BORA, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación San Felipe, en fecha 09 de enero de 2008 y Ordena que prosiga la investigación, en consecuencia remítanse las actuaciones a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, de conformidad al Artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal.