Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de ROBERTH ALEXANDER MENDOZA HERRERA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-16.305.133, soltero, fecha de nacimiento 30/06/83, residenciado en Urbanización El Paraíso, Avenida 2, Calle 4, casa Nº 5-80, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida; por la comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica del Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en perjuicio de DURI YESENIA PARRA GUILLEN. Notifíquese a las partes. Una vez quede Firme la presente decisión, se ordena su remisión al Archivo Judicial este Circuito Judicial Penal a los.....