Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de los niños OMITIR NOMBRES, en su condición de hijos, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante, quien en vida respondiera al nombre de LEOBARDO JOSE LOBO RAMIREZ. Con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes del fallecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Se dejan a salvo los derechos de terceros