Por las razones expuestas este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante, contra el auto de fecha 16 de enero de 2013, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE REVOCA" la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se ordena al Tribunal A-quo para que, proceda a ejecutar la decisión en la forma prevista en el Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el numeral 1° del artículo 158 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, según lo indicado en la parte motivacional del presente fallo. ASI SE DECI.....