Por los fundamentos expuestos, se acuerda otorgar medida de protección para la ciudadana CARELIA MARBELLA RODRIGUEZ LOYO, portadora de la cédula de identidad No.7.913.736, venezolana, y a su núcleo familiar, residenciada en la Urbanización OBISPO ALVARADO, Residencia Yacambú, Quinta José Gregorio, VB Nro. 2, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, consistente en el resguardo por medio de rondas sucesivas por los alrededores del lugar de la residencia DONDE HABITA la mencionada ciudadana Y SU NUCLEO FAMILIAR , por efectivos adscritos a la Policía de este Estado Yaracuy por espacio de 90 días prorrogables a petición de esa Unidad, y la prohibición del acercamiento del ciudadano imputado ALEXANDER GERONIMO GARCIA, por si o a través de terceras personas, a la residencia donde habita la victima. En consecuencia, se acuerda oficiar al Comandante General de la Policía (IAPEY) de este Estado Yaracuy, a los fines de dar cumplimiento a la presente decisión y hacer del conocimiento de l.....