DECISIÓN
En consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de obligación alimentaria intentada por la ciudadana MERCEDES NAVARRO, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad No. 6.493.909, domiciliada en la urbanización San Antonio, transversal 3, casa No. 15-3B, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy en su carácter de representante legal de sus hijos identidad omitida, nacidos el 25 de abril de 1.995 y el 2 de diciembre de 1.991, asistida por la Defensora Pública Primera de esta misma Circunscripción Judicial abogada YRELA CHAM RODRIGUEZ, contra el ciudadano HENRY FELIPE MATOS, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.587.762, quien deberá darle a sus hijos como obligación alimentaría la cantidad de 30% del salario del obligado alimentario, que en la .....