Por todas las razones de hecho y derecho antes expuestas, es por lo que este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: La aprehensión del imputado JOSE NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LUÍS DELGADO PEÑA, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 13.095.693, residenciado en la Urbanización Luís Herrera Campims, casa Nº 13, sector 11, avenida Nº 2, Cocorote Estado Yaracuy; como FLAGRANTE, e impone una Medida Cautelar dispuesta en el articulo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de dos (02) fiadores de 50 U.T. y una vez presentado los fiadores, la presentación los lunes y viernes de cada semana; y NO DECRETA la aprehensión del imputado ROGER ALBERTO OROZCO POLEO, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 16.824.625, residenciado en la Avenida Libertador con calle 32, casa Nº 52 de la Indep.....