este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, presentada por los ciudadanos ALCIBEADES JOSE MILINA YANES y MARIBEL LILIANA PERAZA LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad número V-6.967.505 y V-12.278.967 respectivamente, y de este domicilio, ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, signada con el número 131, del año 1995, la cual corre inserta al folio dos (02) de la presente solicitud.