Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la decisión dictada en fecha 15 de junio del 2017 por el Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Se confirma la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se niega librar nuevos carteles de notificación a los terceros intervinientes llamados a juicio, para la convocatoria a la audiencia preliminar.- Todo en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos derivados de la relación de trabajo, tienen incoado en el presente asunto el ciudadano MILAN ALEXANDER PEREZ PIÑERO contra la e.....