DECISIÓN
Con fuerza en la motivación precedente, este Juzgado de Juicio N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 2, 26 y 19 de la Constitución de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 1, 2, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 19, 44 y 45 del CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, declara con lugar la solicitud realizada por la ciudadana EVA GABRIELA PEREZ RODRIGUEZ, y acuerda la condición, consistente en prestar servicios comunitarios en una Institución Hospitalaria del Municipio Obispo, Estado Portuguesa, un (1) día a la semana sábado o domingo, por el lapso de tres (3) meses, a partir de la presente fecha, para que concluya con el régimen de prueba, de conformidad con el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal , debido a que como lo expreso la solicitante no había podido dar cumplimiento a la condición antes referida.- Fin.....