DISPOSITIVA
Con fundamento en los anteriores razonamientos, este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano YORMAN FERNANDO FERNÁNDEZ MOGOLLÓN, venezolano, de 21 años de edad, nacido en fecha 14-07-1988, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.817.565, residenciado en Urbanización Menca de Leoni, Callejón La Mosca, Casa N° 31, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS de prisión por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal, se les condena a cumplir las penas accesorias de Ley, según se desprende de los Artículos 16 y 278 del Código Penal.
No se condena en costas de conformidad con lo establecido en el Artículo 272 del Código Orgánico Procesal.....