Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos: VILMA MARGARITA MENDOZA GAMEZ y JOSE GEGORIO MENDOZA GAMEZ, , venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 13.795.774 Y 13.795.775