Este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, actuando como Unipersonal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Acuerda procedente la aplicación del procedimiento especial por admisión de hechos al cual se ha acogido el acusado RANDY SEGUNDO MALDONADO RIVAS; en consecuencia, se CONDENA a cumplir la cantidad de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES DE PRISION más las accesorias de Ley contenidas en el Artículo 16 del Código Penal, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y ARMA BLANCA. No se condena al pago de costas procesales de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Este Tribunal de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda ampliar la medida cautelar impuesta, es por lo que el acusado deberá presentarse cada Sesenta (60) días por ante el Tribunal;.....