Vista la anterior demanda y su recaudo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, una vez revisado como ha sido el libelo de demanda, de conformidad con los requisitos exigidos por el articulo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y constatado que llena los extremos de Ley, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena emplazar mediante cartel de notificación, con entrega de compulsa, a la empresa: INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES ALIALKA, C.A., en la persona de los ciudadanos: ANGEL SEGUNDO GONZÁLEZ SUAREZ y ERMENEGILDA SANCHEZ, venezolanos mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 4.734.548 y 3.708.074, respectivamente, en su condición de Presidente y Vicepresidenta y patronos demandados, con domicilio en la siguiente dirección: Sector El Calvario, al final Calle 28, S/N.; Municipio Independencia Estado Yaracuy, en la d.....