Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
La homologación del convenimiento celebrado en fecha once (11) de julio de 2011, entre el profesional del derecho, ciudadano RAUL ERNESTO PRIMERA ZUMZTEIN, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano HECTOR ALFONSO FASANO QUINTERO, por una parte y por la otra la profesional del derecho, ciudadana ROCIO PEREA DE EMAN, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadano RAFAEL ANGEL PALENCIA RANGEL, plenamente identificados en autos. Se da por consumado el acto y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.