el valor invertido en la construcción de dichas bienhechurías es de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 1.250,00); a favor de la ciudadana SUBDELIA ROSSANA TORREALBA RIVERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.695.618 y domiciliada en la segunda avenida entre calles 4 y 5, casa Nro. 50, San Pablo, municipio Arístides Bastidas del estado Yaracuy. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada y Notifíquese mediante oficio a la ciudadana Sindico Procurador del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy sobre el presente fallo, de conformidad con la parte in fine del Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y una vez cumplido este requisito, devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean provistas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.