Por cuanto en la presente solicitud de Consignación de Canon de Arrendamiento formulada por el ciudadano JOSE REINALDO FERNANDEZ SANFIEL, en su condición de arrendatario, no hay más actuaciones que practicar, en virtud de que el prenombrado anteriormente mencionado le hizo entrega del local a la ciudadana SOLIMAR MENDOZA en su condición de arrendadora, tal como lo manifestó en su comparecencia ante este tribunal en fecha 13-08-12, en consecuencia; este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ACUERDA: Cerrar la solicitud Nº 1962-12; de Consignación de Canon de Arrendamiento.
En consecuencia se ordena el archivo de la solicitud, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial para su guardia y custodia. Déjese constancia en el libro.-