Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la presente demanda por NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA, incoada por el ciudadano VICTOR JOSE SUAREZ BARRIENTOS, contra el ciudadano OSCAR AGUSTIN GONZALEZ; y en consecuencia VALIDA Y CON PLENO EFECTO JURÍDICO, el Acta de Asamblea Extraordinaria de la Asociación Civil "UNION DE CONDUCTORES LUCAS PEREZ, RUTAS 1, 5 y 6, celebrada en fecha 17/02/2021, y protocolizada por ante la Oficina de Registro Principal del Estado Monagas, bajo el N° 43, folios 289 al 293, tomo 1, trimestre 2, del protocolo de trascripción del año 2021.