DISPOSITIVA.
En consecuencia por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, éste Tribunal de Juicio No. 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la solicitud presentada por la ciudadana: BLANCA FLOR MORA ORTEGA, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de la cédula de identidad No. V-5.565.904, actuando con el carácter de funcionaria Jefa (E) de la Oficina Regional del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, Zona Occidente - Mérida, y en consecuencia Acuerda: La entrega del Vehiculo identificado en la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el Articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para lo cual se ordena oficiar al encargado del Estacionamiento "DIAZ UZCATEGUI" de la ciudad de Ejido, Est.....