este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185, presentada por los ciudadanos YUENDRIKA YURETSY PÉREZ MORA Y YHINO MIGUEL SEGOVIA RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-25.785.320 y V-24.002.435 respectivamente, y DECRETA la disolución del vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha once (19) de febrero de 2019, por ante la oficina de Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, según consta en acta de matrimonio Nº 24, folio 24 que corre inserta en el Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por esa oficina para el año 2019.