CON LUGAR la demanda de REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la ciudadana "DATOS OMITIDOS", en beneficio de sus hijas ..., quienes se encuentran asistidas por el abogado CARLOS O. REMOLINA VENTURA, Defensor Público Tercero (3ro) ... y con Competencia en Materia del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, contra el ciudadano "DATOS OMITIDOS". En consecuencia, se actualiza el monto por concepto de la obligación de manutención, en virtud de lo cual este Tribunal dispone: SEGUNDO: Que el padre otorgará como obligación de manutención para sus hijas la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.500,00), MENSUALES, los cuales serán descontados y depositados los cinco (5) primeros días de cada mes, en la cuenta de ahorros aperturada para tal fin, dicha obligación comenzará a regir a partir del mes de enero del presente año. TERCERO: el padre aportará por concepto de útiles y uniformes escolares, la cantidad de DOS MIL SETESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.700,00.....