DECLARA:
PRIMERO: Se insta a la parte demandante ciudadano ANTONIO AVELINO MENDOZA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.575.875, a consignar documento de liberación por parte del INSTITUTO DE HABITAT Y VIVIENDA DEL ESTADO YARACUY; para que una vez consignado el documento se provea sobre su admisión o no.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.