En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Primero: ADMITE la presente acusación presentada por el ciudadano HERNAN MENDOZA PEREIRA, él cual se tendrá como parte querellante para todos los efectos legales, en contra de los ciudadanos JHON SALAMANCA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la carrera 2, casa 8-28, vía el Matadero, sector Edecio La Riva, de la población de Tucani, Municipio Caraciolo Parra y Olmedo del Estado Mérida, y LEODADI ERAZO RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.913.435, domiciliado en la casa parroquial de la Iglesia Santísimo Sacramento de la población de Tucani, Municipio Caraciolo Parra y Olmedo del Estado Mérida, por el delito de DIFAMACION, previsto y sancionado en el articulo 444, único aparte del Código Pe.....