Por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso Ordinario de Apelación, ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión de fecha diez (10) de enero de 2013, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se confirma la recurrida sentencia en todas y cada una de sus partes y, consecuencia, se declara CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la relación de trabajo, incoada por la ciudadana YILSSE IDALIA RABAN SANCHEZ, contra la empresa HELADERÍA FLAVORS KING MARIANI, ambas partes plenamente identificadas en autos. ASI SE DECIDE.
TERCERO: Se condena .....