Líbrese el oficio respectivo, a la oficina de Recursos Humanos de la Sede de Empresas Polar, municipio Bruzual, estado Yaracuy, con copia certificada del presente decreto. Se acuerda designar correo especial a la solicitante NICMAR PAOLA SANCHEZ SUAREZ, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.993.386 y/o apoderada judicial Reina Villegas, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.579.942inscrito en el IPSA bajo el Nº 134.033, a los fines de la consignación del oficio aquí ordenado.
Todo lo anteriormente fue ordenado tomando en consideración el interés superior del niño y del adolescente de autos y de conformidad con los artículos 365 y siguientes de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese oficio.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y OFICIESE.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judici.....