Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la partición amistosa en los mismos términos y condiciones expuestas por los solicitantes: PABLO MARCIAL GALLARDO FIGUEROA y UBALDA NERIXSA GUILARTE LUNA, de nacionalidad Venezolana, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.957.235 y V-11.009.354, respectivamente debidamente asistidos por la Ciudadana SORAYA EROIDA GOLINDANO ORTIZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 39.718, teléfono 04148862722 de este domicilio.