Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo considera como asunto pasado con autoridad de cosa Juzgada y en consecuencia da por terminado el presente Juicio, de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Còdigo de Procedimiento Civil. Cierrese y Archivese el presente expediente.