Por lo expuesto, este Tribunal de Control N° 3 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara la Extinción de la Acción penal en la causa seguida al imputado TOMAS JAVIER RIERA SIGALA, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad N° 7.449.497 y como consecuencia de ella Decreta el Sobreseimiento de la causa seguida al mismo, por la comisión del delito de Lesiones Personales Intencionales Graves e Instigación a Delinquir, iniciado por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público en fecha 02 de Febrero del 2007.