DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 5 de este Circuito Judicial del Estado Yaracuy en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer Acción de Habeas Data, interpuesta por el Fiscal Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Abg. Rafael Pérez Díaz, en virtud de la denuncia, realizada por el Ciudadano EDGARDO RAMON GRATEROL, venezolano, de 56 años de edad nacido en Caracas Distrito Capital en fecha 30 de Diciembre de 1.951, titular de la cedula de identidad personal numero V-3.809.910 y residenciado en la calle 23 B entre 19 de Abril y el Cementerio, sector La Sabana, Casa S-N de Color Azul en Palito Blanco, del Municipio la Trinidad del Estado Yaracuy SEGUNDA: DECLINA LA COMPETENCIA, para conocer de la presente acción de Habeas Data interpuesta por lo referidos ciudadanos en la Sala Cons.....