Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda la Remisión de la causa y ordena prescindir del juicio conforme a lo establecido en el artículo 569 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente a favor del joven R. L. Méndez.