DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y como consecuencia de ello se establece al ciudadano: JOSÉ GREGORIO GARCIA MONTES, venezolano, adolescente, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 26.182.505 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de su hija la niña: (Identificación Reservada), de un (1) año de edad y de este domicilio por la cantidad TRESCIENTOS TREINTA BOLÍVARES CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 330,75), semanales, que deberá entregar directamente a la demandante, previo entrega de recibo por parte de ésta, o en su defecto consignarlos en efectivo, al inicio de cada semana, por ante este tribunal o en la cuenta de ahorros que al .....