este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO, presentado por la ciudadana ELISABETH COROMOTO GARCIA DE LOZADA, (tal como se evidencia de la copia de cedula de identidad) venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-10.856.048, asistida de la abogada ISABEL TERESA ZAMORA ORDOÑEZ, inscrita en el Inpreabogado con el número 153.644, mediante la cual DESISTE de solicitud de Titulo Supletorio, conforme a lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, DECLARA TERMINADA LA PRESENTE SOLICITUD. Así mismo, se archivara el expediente