Por consiguiente, por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; igualmente porque las partes han solicitado la Prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por lo tanto acuerda PROLONGAR esta Audiencia Preliminar para el día LUNES 22-10-2007, a las 09:00 AM. En este estado esta Sentenciadora deja constancia que las Apoderadas Judiciales de los demandantes, consignaron escrito de promoción de pruebas y Medios Probatorios constante de Tres (03) folios útiles y sus Vtos., con anexos marcados con las letras:------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ .....