PRIMERO: El DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN por los ciudadanos: CASTULA ROSA RIVAS DE ARENAS; CRISTELA BETZAY ARENAS DE ALCINA, CRISTOBAL VICENTE ARENAS RIVAS, CHISBET MILAGROS ARENAS RIVAS Y MILAGROS DE JESUS ARENAS MARRERO, contra el MUNICIPIO NIRGUA DEL ESTADO YARACUY, ambas partes plenamente identificadas en autos, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 primer aparte de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; SEGUNDO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia. TERCERO: No hay condenatoria en costa hacia la demandante de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley adjetiva laboral. Se deja constancia que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.