DECLARA:
PRIMERO: INCOMPETENTE PARA CONOCER de la presente querella de INTERDICTO DE AMPARO POR PERTURBACIÓN incoada por el ciudadano LEOPOLDO MOLINA AYALA, actuando en nombre y representación de la Entidad Mercantil Compañía Anónima Destilería San Javier contra el ciudadano OSCAR PIÑERO, identificados en autos, se DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE ORDENA remitir las presentes actuaciones a los fines que conozca de la presente querella, una vez quede firme la presente decisión, tal como lo establece el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: NO SE CONDENA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.