Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil
DECLARA.
PRIMERO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCION BREVE en la presente demandade RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, seguida por el ciudadano ALCIDES RAFAEL VÉLIZ HERNÁNDEZ VÉLIZ, contra la ciudadana GUILLERMINA HERNÁNDEZ DE VÉLIZ, YOVANI ANTONIO HERNÁNDEZ, ALEXIS HERNÁNDEZ, LUIS ALFREDO VÉLIZ HERNÁNDEZ, ANA ROSA VÉLIZ HERNÁNDEZ, DANIEL ANTONIO VÉLIZ HERNÁNDEZ, MILAGROS DE JESÚS VÉLIZ HERNÁNDEZ, JOSÉ CIPRIANO VÉLIZ HERNÁNDEZ y LUZ MIREYA VÉLIZ HERNÁNDEZ, plenamente identificados.
SEGUNDO: Se ordena la devolución de la documental original cursante en autos, d.....