. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, homologa el acuerdo suscrito por las partes en sus propios términos, en consecuencia SE ACUERDA CONCEDER AUTORIZACION JUDICIAL DE VIAJE FUERA DEL PAIS (IDA Y VUELTA) para que el niño (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA) nacido el día 26/07/2019, de seis (06) años de edad, con pasaporte venezolano Nº 197704538, con fecha de emisión 01/07/2025 y fecha de vencimiento 30/06/2030, viaje a Portugal con el itinerario de viaje fecha de salida el día 15 de noviembre de 2025, en el vuelo N° TP172, de la aerolínea AIR PORTUGAL, desde la ciudad de Caracas aeropuerto internacional Simón Bolívar, con destino al aeropuerto internacional de Lisboa Portugal, con fecha de retorno el día 14 de febrero de 2026, saliendo desd.....