Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI ... ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR, la demanda interpuesta por la ciudadana ANA TERESA MENDOZA DE ABOLIO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-4.698.328, domiciliada en esta ciudad, y civilmente hábil, actuando en su propio nombre, asistida por las abogadas LEIX TERESA LOBO Y HAYDEE DAVILA BALZA venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.297.575 y 2.453.549, respectivamente, con Inpreabogados Nros. 10.882 y 15.676, en su orden, en su carácter de apoderadas judiciales, contra la ciudadana LYZ SAYONARA OSTOS RAMIREZ