Este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, para decidir observa: PRIMERO:DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la CAUSA, a favor del investigado MARIO RICARDO RODRIGUEZ AYALA, venezolano, de 51 anos de edad, Cedula de Identidad N° 3.664.323, Medico, soltero, residenciado en la Av. 16 Edificio la Palma Apartamento 2-A, EI Vigía Estado Mérida, por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 409 del Código Penal; cometido en perjuicio de el niño JOSE DANIEL HERNANDEZ ZAMBRANO (OCCISO), venezolano, de 08 anos de edad; ABG. THAIS MARQUEZ GARCIA, tal como consta en actuaciones y escrito fiscal inserto a la causa, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal en armonía con el articulo 48.8 ejusdem. el tiempo transcurrido, Con fundamento y de conformidad 318 numeral 3 y 320, en concordancia con el 48 numeral 8, todos del Código Orgánico Procesal Penal, y los artículos antes mencionado.....