Después de revisadas las actuaciones y elementos que conforman a la presente causa considera quien juzga, se cumplen los requisitos de Ley, en consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: conceder AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRO DE PENSION DE SOBREVIVIENTE a la ciudadana, OLGA MARIA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.963.674, con domicilio en San Felipe en su condición de madre de la adolescente (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) de dieciséis (16) años de edad, debidamente asistida por la abogada LILA CRISTINA QUERO de PEREZ inscrita en el I.P.S.A bajo el numero 33.119 para que proceda a cobra.....