PRIMERO: IMPARTIRLE LA HOMOLOGACION a la transacción celebrada en fecha 21-11-2016 por los profesionales del derecho Sonia Velásquez y Franco D´Agostini, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 170.922 y 127.244, respectivamente, en su carácter de representantes de la parte demandante y demandada en el presente asunto, en la demanda interpuesta por los ciudadanos Camacho Ortega Elio Antonio, Camacho Palencia Eudy José, Segura Ortiz Luís Enrique, titulares de las cedula de identidad 7.57.129, 18.439.740 y 11.652.490, respectivamente, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, teniéndose la misma como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.