es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a Decretar el Interdicto Prohibitivo de la Obra que se realiza en el Inmueble en el cual se encuentra constituido y ordena paralizar la continuación de la Obra Nueva que colinda por el lindero Norte con el Señor Valentín Arrocha Concepción, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.478.710, a cuyo favor se declara el Interdicto Prohibitivo antes señalado en la Comisión conferida por el Tribunal Comitente, y a su vez acuerda expedirle copia Certificada de dicha acta, finalmente cumplida con la Comisión conferida y no teniendo otra diligencia que realizar acuerda regresar a su sede natural. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman,-