En fuerza de los razonamientos expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa contentiva del recurso contencioso administrativo de nulidad, ejercido por el profesional del derecho Pedro Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 31.049, en su condición de apoderado judicial de la empresa AGROPECUARIA HACIENDA EL ZINC C.A, contra del acto administrativo contenido en la providencia administrativa Nº 056/2006, dictada en fecha 31 de Agosto de 2006 por la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: Archívese el expediente en la oportunidad correspondiente.