Por todas las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" la Regulación de la Competencia solicitada por la representación judicial de la Procuraduría General del Estado Yaracuy, contra la decisión de fecha 02 de julio de 2015, proferida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con motivo del Juicio por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos, incoado por el ciudadano GRONNY FERNANDO MALPICA DABOIN, contra el SERVICIO AUTONOMO DE ADMINISTRACION DE LA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA, CULTURAL Y TURISTICA DEL ESTADO YARACUY (SAIEY). ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se "CONFIRMA" la recurrida decisión, en todas y cada una de sus partes y, en tal sentido .....