Ahora bien este Tribunal procede analizar las actuaciones cursantes en autos, a los fines de determinar si en el presente caso, se encuentran o no cumplidas las exigencias que determinan la declaratoria con lugar de la inhibición propuesta, lo cual se hace en los siguientes términos: De la trascripción del acta que contiene la declaratoria del funcionario judicial inhibido como lo es el ciudadano: NELSON MORENO, en su condición de Juez Provisorio del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en Nueva Bolivia, se evidencia que la realizó en acta suscrita por el Juez inhibido y la Secretaria, además se expresan las circunstancias de tiempo, lugar y los hechos que determinan el impedimento de seguir conociendo la referida causa, por lo cual se concluye que el primer requisito se encuentra cumplido. Por otra parte, esta Juz.....